Opinión: “Cuestión La Puntilla” por Javier Botella

“El objeto de convenio constituirá un área de reparto independiente en suelo urbano no consolidado, a tenor del contenido del artículo 18 de la LOUA, constituirá una unidad de ejecución a desarrollar por el sistema de compensación, en el marco establecido por el artículo 107.2 de la LOUA, parcelas ZO.ST.H/ZO.A.2 y ZO.MC.2”