FACUA denuncia a Idealista por el uso de un 902 como teléfono de contacto

La asociación pide a la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid que sancione a la empresa por incumplir la normativa que prohíbe el uso de líneas con un coste superior a la tarifa básica.
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FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al portal inmobiliario Idealista ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid por el uso de un 902 como teléfono de contacto.

En el apartado de Aviso Legal de su página web, la empresa mantiene, entre sus datos de contacto, el teléfono 902 55 98 58, lo que puede suponer un incumplimiento de la legislación española y europea de defensa de los consumidores. Los teléfonos 902, además de estar considerados números de tarificación especial, suelen tener un coste superior a una llamada estándar a fijo o móvil, por lo que su uso vulneraría ambas legislaciones.

FACUA indica que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, en su artículo 21, recoge que “en caso de que el empresario ponga a disposición de los consumidores y usuarios una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el uso de tal línea no podrá suponer para el consumidor un coste superior a la tarifa básica“.

Esta “tarifa básica” a la que hace mención la normativa impide que los consumidores tengan que soportar un coste mayor al habitual de una llamada a un teléfono fijo o móvil estándar al comunicarse con las empresas en cuestión.

En este sentido, el Plan Nacional de Numeración considera en su Guía práctica del usuario que los números inteligentes, como los 902, “están atribuidos a los servicios de tarifas especiales“, por lo que se puede deducir que no están incluidos en lo que se entiende por tarifa básica.

De igual forma, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en el asunto C-568/15, despejó las dudas sobre posibles interpretaciones de la normativa al concluir que el citado concepto de “tarifa básica” que exige la Directiva 2011/83/UE para los servicios telefónicos de atención de las empresas a los consumidores no puede permitir ningún prefijo ni ningún número que exceda del “coste de una llamada a una línea telefónica fija geográfica o móvil estándar“.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en su Informe sobre el proyecto de Orden por la que se atribuyen recursos públicos de numeración a los servicios de tarificación adicional prestados a través de llamadas telefónicas y se establecen condiciones para uso añade, al referirse a la
tarifa básica y al “coste ordinario de la llamada que se trate“, “local o nacional, o en función de la red llamante“, lo que hace coincidir dicha interpretación con la efectuada por el TJUE en el asunto C-568/15.

FACUA recuerda que ha presentado alrededor de un centenar de denuncias contra empresas que utilizan líneas 902 y tiene en marcha la campaña #Stop902 para movilizar a los usuarios contra este tipo de abusos en los teléfonos de atención al consumidor. Los usuarios pueden sumarse a ella en la web FACUA.org/Stop902.

PREMIO ANDALUCÍA JOVEN CÁDIZ 2015

Otorgado en la condición de Medio de Comunicación por la Delegación del Gobierno de Cádiz

PREMIO CONSUMIDORES CÁDIZ 2014

Otorgado como Medio de Comunicación referente en materia de consumo por la Unión de Consumidores de Cádiz